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Argumentos en el debate sobre la despenalización del aborto

El pasado 17 de noviembre el Presidente Alberto Fernández envió al Congreso de la Nación el proyecto de ley para despenalizar y legalizar el aborto. En este contexto, desde Bases para el Bien Común se publicó un completo estudio sobre antecedentes, datos oficiales y principales argumentos que giran en torno a la cuestión. A continuación lo compartimos:


ANTECEDENTES Del 10/03 al 09/08 del 2018, la Cámara de Diputados de la Nación realizó el tratamiento del proyecto de ley Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). El debate contó con expositores a favor y en contra en las comisiones de Legislación General, Legislación Penal, Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia y Acción Social y Salud Pública, resultando aprobado por el pleno el 14 de junio del mismo año. Posteriormente, del 10/07 al 31/07 de 2018 el debate se trasladó al Senado de la Nación, donde expositores a favor y en contra de la ley, analizaron el proyecto de ley con media sanción (Expte CD-22/18) en las comisiones de Salud, de Justicia y Asuntos Penales y de Asuntos Constitucionales. Finalmente, la Cámara Alta rechazó por 38 votos a 31 el proyecto de interrupción voluntaria del embarazo. DEFINICIONES Y DATOS OFICIALES 1. ¿Qué es la salud pública? De acuerdo al Ministerio de Salud, salud pública es la responsabilidad estatal y ciudadana de protección de la salud como un derecho esencial, individual, colectivo y comunitario logrado en función de las condiciones de bienestar y calidad de vida. Según la OMS, la salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades. 2. Muerte de mujeres en Argentina Según datos del Ministerio de Salud, las enfermedades cardiovasculares, como el infarto de miocardio, son la primer causa de defunción de mujeres en Argentina. Le siguen el cáncer (el de cuello uterino y el de mama son los más frecuentes) y el Alzheimer en tercer lugar. En el transcurso del año 2018, se registraron en Argentina 336.823 muertes, de las cuales 173.950 (51,6%) corresponden a varones y 162.408 (48,2%) a mujeres. Según la OMS, las enfermedades cardiovasculares son las que provocan el mayor número de defunciones de mujeres en todo el mundo.


3. Muertes maternas en Argentina La mortalidad materna describe la muerte de una mujer durante el embarazo, el parto o el posparto. Según datos del Ministerio de Salud, durante el 2018, se registraron 257 muertes maternas, lo que representa una razón de mortalidad materna de 3,7 muertes cada 10.00 nacidos vivos. Del total de muertes maternas, el 61% se produjeron por causas obstétricas directas, el 25% por causas obstétricas indirectas, y únicamente el 13% restante por embarazo terminado en aborto. La tendencia de la composición de la mortalidad materna permite observar desde 2005, que las muertes por embarazo terminado en aborto se han reducido en un 62%, en tanto que las debidas a causas indirectas han aumentado alrededor de 2%. Por su parte, en el año 2018 el incremento de la mortalidad materna fue a expensas de las causas directas. Las principales causas de la mortalidad materna son entonces: · Hemorragia 20,8% · Trastornos de hipertensión (ej eclampsia) 25,7% · Sepsis/ infecciones 7,7 % · Parto obstruido 13,4 % · Aborto 13 % · Otras causas relacionadas a cesáreas y anestesias ARGUMENTOS JURÍDICOS 4. El proyecto es inconstitucional Según nuestra Constitución Nacional: 14bis, “El Estado otorgará (…) la protección integral de la familia; la defensa del bien de la familia”. 29, “El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o de alguna persona”. 33, “Las declaraciones, derechos y garantías que enumera la Constitución no serán entendidos como negación de otros derechos y garantías no enumerados; pero que nacen del principio de la soberanía del pueblo y de la forma republicana de gobierno”. 75 inc 23, el Congreso debe “legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad. Dictar un régimen de seguridad social especial e integral en protección del niño en situación de desamparo, desde el embarazo hasta la finalización del período de enseñanza elemental, y de la madre durante el embarazo y el tiempo de lactancia”.


5. Tratados internacionales de Derechos Humanos · Artículo 4.1. Convención Americana sobre Derechos Humanos. “Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente”. Rango constitucional. · Artículo 6.1. Convención sobre los Derechos del Niño. “Los Estados Partes reconocen que todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida.” Rango constitucional. · Reserva Interpretativa argentina de rango constitucional_. “Se entiende por niño todo ser humano desde el momento de la concepción y hasta los 18 años de edad”. (Art. 2, Ley 23849 de ratificación, en relación con artículo 75.22, 2° párrafo). Cabe señalar para fortalecer el valor de la declaración interpretativa que Argentina ha formulado en esta ocasión, que nuestro país ha recurrido a declaraciones interpretativas en otras cuestiones sensibles también como por ejemplo, y esto en relación a la cuestión Malvinas, cuando se aprobó la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados, oportunidad en la que en el artículo 3 de la ley 19865 expresó: Art. 3° - Formúlese en el mismo acto la siguiente declaración: "La aplicación de la presente Convención a territorios cuya soberanía fuera discutida entre dos o más Estados, que sean parte o no de la misma, no podrá ser interpretada como alteración, renuncia o abandono de la posición que cada uno ha sostenido hasta el presente." · Artículo 6.1. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. “El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por la ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente”. · Artículo 1. Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. “Todo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”. · Artículo 3. Declaración Universal de Derechos Humanos. “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”. Rango Constitucional. 6. Según el Código Civil y Comercial Art. 19, Persona humana - CAPITULO1 - Comienzo de la existencia - art 19.- Comienzo de la existencia. La existencia de la persona humana comienza con la concepción. 7. Fallo Fal y contracaras de la Corte respecto al Derecho a la vida: · Avance respecto al artículo 86 del Código Penal: Hasta el momento se tomaba el inciso 2 que no era punible en las causales de violación solo para los casos de mujer idiota o demente. Sin embargo, la Corte avanza e interpreta que será aplicable en todas las causales de violación. · Criterios de interpretación: la incorporación del Art. 1 de la Convención de los Derechos del Niño mediante la sanción de la ley 23.849, art 2 inc. 2 de la misma ley. Sancionada en los años 90, que luego adquiere jerarquía constitucional en la reforma del 94’, reconoce el comienzo de la vida humana en el seno materno. Se adopta este en los términos de “condiciones de su vigencia”. Rosatti, convencional constituyente del 94 aclara que esto es una reafirmación que solidifica la adhesión de este tratado a nuestro sistema jurídico. Por otro lado, en el caso FAL, la Corte alega que esta es una declaración interpretativa que puede ser interpretada como reserva.


· Jerarquía de los tratados. Si bien la reforma del 94 da jerarquía constitucional a los tratados, estos nunca pueden entenderse como incorporaciones a nuestra Constitución, están por encima del resto del ordenamiento jurídico, pero nunca al nivel de la CN. Una interpretación contraria, implicaría la afectación del Art. 30 de la CN y los mecanismos preestablecidos para reformar nuestra Constitución. · Creación de un “Derecho a la Interrupción Voluntaria del Embarazo”. A partir del Considerando 19 la Corte crea este derecho por entender que al establecer una regla de excepción a la punibilidad, el Estado debe garantizarla. Con esta lógica se podría afirmar que el estado debería garantizar la legítima defensa proveyendo de armas para el cumplimiento de esta.

8. Sentencias de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en defensa del Derecho a la Vida y la protección de la Dignidad de la Persona Humana: · “Que esta Corte ha declarado que el derecho a la vida es el primer derecho natural de la persona humana preexistente a toda legislación positiva que resulta garantizado por la Constitución Nacional (Fallos: 302:1284;310:112; 323: 1339). En la causa ‘T., S.’, antes citada este Tribunal ha reafirmado el pleno derecho a la vida desde la concepción (voto de la mayoría, considerandos 11 y 12 y disidencia de los jueces Nazareno y Boggiano) […]” (Corte Suprema de Justicia de la Nación, Portal de Belén - Asociación Civil sin Fines de Lucro c/ Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación s/ amparo, 05/03/2002, considerando 12).1 · “[…] [e]l derecho a la vida es el primer derecho de la persona humana que resulta reconocido y garantizado por la Constitución Nacional (Fallos: 302:1284; 310:112) · […] el hombre es eje y centro de todo el sistema jurídico y en tanto fin en sí mismo -más allá de su naturaleza trascendente- su persona es inviolable y constituye valor fundamental con respecto al cual los restantes valores tienen siempre carácter instrumental (Fallos 316:479 [15], votos concurrentes).” (Corte Suprema de Justicia de la Nación, Campodónico de Beviacqua, Ana Carina c/ Ministerio de Salud y Acción Social – Secretaría de Programas de Salud y Banco de Drogas Neoplásicas, 24/10/2000, considerando 15). · Protección de la dignidad humana “[…] [se enfatizó que la protección de un valor rector como la dignidad humana implica que la ley reconozca, en tanto no ofenda el orden y la moral pública, ni perjudique a un tercero, un ámbito íntimo e infranqueable de libertad, de modo tal que pueda conducir a la realización personal, posibilidad que es requisito de una sociedad sana […]” (Corte Suprema de Justicia de la Nación, Asociación Lucha por la Identidad Travesti– Transexual c/ Inspección General de Justicia, 21/11/2006, considerando7). · “[…] la dignidad del ser humano, que no deriva de un reconocimiento ni de una gracia de las autoridades o poderes, toda vez que resulta ‘intrínseca’ o ‘inherente’ a todas y cada una de las personas humanas y por el solo hecho de serlo […] Fundamento y, a la par, fuente de los mentados derechos pues, según lo expresa el PIDESC, los derechos en él enunciados ‘se desprenden’ de la dignidad inherente a la persona humana […]. Por demás concluyente es este último tratado de raíz continental: ninguna de sus disposiciones puede ser interpretada en el sentido de ‘excluir otros derechos y garantías que son inherentes al ser humano [...]’ (art. 29.c), así como también lo es la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre: ‘Considerando: Que los pueblos americanos han dignificado la persona humana y que sus constituciones nacionales reconocen, que las instituciones jurídicas y políticas, rectoras de la vida en sociedad, tienen como fin principal la protección de los derechos esenciales del hombre y la creación de circunstancias que le permitan progresar materialmente y alcanzar la felicidad...’ (primer párrafo).” (Corte Suprema de Justicia de la Nación, Aquino, Isacio c/ Cargo Servicios Industriales S.A. s/ accidentes ley 9688”, 21/09/2004, considerando 11, párrafos 1/2). ARGUMENTOS BIOLÓGICOS 1. El embrión es una persona distinta a su madre La ciencia ha comprobado que el embrión es una persona distinta a su madre, es decir, que tiene singularidad e identidad propia. · El corazón del embrión comienza a latir a los 28 días. · El niño en gestación puede tener un grupo sanguíneo diferente al de su madre. · El niño en gestación tiene un ADN propio, eso significa que no pertenece al cuerpo de su madre. · Por otro lado, hay que destacar que tanto el óvulo como el espermatozoide tienen cada uno 23 cromosomas. Y por lo tanto no se trata de personas sino simplemente de una parte de nuestro cuerpo (recordemos que los humanos tenemos 46 cromosomas, no 23). En cambio, cuando se produce la concepción y se unen el óvulo y el espermatozoide, el nuevo ser que se forma tiene 46 cromosomas, exactamente los mismos que cualquier otro ser humano.

2. El síndrome Post Aborto El síndrome Post Aborto se encuadra como un trastorno posterior a un acontecimiento vital importante que genera estrés(como tal, este síndromeno es reconocido en el Manual de diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales (DSM) editado por la Asociación Americana de Psiquiatría, ni por el CIE 10 (Clasificación Internacional de Enfermedades 10 Edición) publicado por la Organización Mundial de la Salud (OMS)). Síntomas del síndrome post aborto: · Síntomas depresivos: depresión, tristeza, pena, llanto frecuente. · Síntomas ansiosos: ansiedad, angustia relacionada con el aborto realizado. · Sentimientos de culpa: de vergüenza, de pérdida de autoestima y auto rechazo, con incapacidad de perdonarse por haber realizado el aborto, y puede acompañarse de necesidad de reparar, de desagraviar y reparar a la víctima, de remediar el daño cometido. · Pesadillas recurrentes: sobre niños perdidos, mutilados, abandonados y muertos; pensamientos recurrentes e intrusivos o flashback respecto del aborto. · Evitación y/o rechazo de estímulos o situaciones que recuerden el aborto y sus circunstancias o consecuencias: como noticias de embarazos o abortos, ambientes clínicos pediátricos, eventos con niños pequeños. · Alteraciones conductuales relacionadas con emociones provocadas por el aborto: trastornos sexuales(inhibición o rechazo sexual, frigidez o promiscuidad) anorexia u otros trastornos alimentarios, abuso de drogas o alcohol, aislamiento social, falta de interés y atención a las tareas y obligaciones habituales, irritabilidad, ira, ataque de cólera, relaciones interpersonales abusivas, intentos de suicidio, etc. ARGUMENTOS ACERCA DE LA DIGNIDAD DE LA PERSONA HUMANA · Ningún ser humano puede estar sometido a nuestro arbitrio. Hay algo en mí y en cada uno de los hombres y mujeres, que le es propio, y de lo cual nadie puede disponer.

· Nadie puede estar a disposición de otro como lo está el instrumento a la del operario. Esa condición del ser humano es su dignidad. · Todas las cosas pueden ser transables y tienen precio; pero el hombre tiene dignidad. · La dignidad propia del hombre no existe en grados diversos. Sería absurdo decir que los hombres son más o menos explotables, más o menos usables, como se pueden usar las cosas en general. Esa dignidad "nuclear" o fundamental se tiene o no se tiene. No puede haber hombre que no la tenga. Ella se adquiere con la existencia y se pierde con la muerte. · Un embrión es un organismo de la especie humana, por lo cual corresponde darle el mismo trato debido a una persona humana. Desde el momento en que existe un organismo humano se hallan en alguna fase de su desarrollo las funciones de relación que le son propias. En otras palabras, la persona humana existe en un cuerpo y es propio de ese cuerpo hallarse siempre en algún estado de desarrollo. PRINCIPALES EXPOSICIONES EN EL DEBATE DEL SENADO (2018) A favor de la despenalización del aborto ANDRÉS GIL DOMÍNGUEZ (Abogado): “El punto de partida es tener en claro que el derecho penal en Argentina respecto del aborto voluntario ha fracasado rotundamente. Ustedes tienen la posibilidad de superar el dolor y transformarlo en derecho, de eso se trata ser legislador”. MARTA ALANIS (Titular de “Católicas por el derecho a decidir”): “Las mujeres católicas también abortamos. Sabemos que hay un gran consenso en la sociedad. Solicitamos mejor y mayor salud pública. Defendemos el derecho de la mujer a decidir”. MARIANA ROMERO (Médica): “Desde la democracia a la fecha, 3.030 mujeres fallecieron por aborto en Argentina. Las mata la inseguridad de un procedimiento que las obliga a buscar atención en la clandestinidad, sintiéndose condenadas”. MARCELO ALEGRE (Profesor de Derecho y Filosofía de la UBA): “¿Por qué insisten con argumentos absurdos que conllevan a retrasar el reloj de la historia un siglo? Si la penalización ha fracasado, si es una norma casi en desuso. ¿No será tal vez que es la única motivación es el extremismo ideológico?” GASTÓN CHILLIER (Director ejecutivo del CELS): “La actual política de penalización y finalización del aborto viola sistemáticamente una serie de derechos humanos protegidos constitucionalmente. La penalización no disuade a las mujeres, sólo hace que los abortos sean clandestinos y se practiquen en forma insegura y aumente la mortalidad”. LUIS NOVARESIO (Periodista): “Los diputados no están en estos casos para hacer primar su criterio personal. Cuando el mismo sea distinto, creer que se puede imponer el propio por condiciones religiosas, o simplemente éticas, es muy preocupante”. SANDRA VÁZQUEZ (Especialista en ginecología infanto-juvenil en el Hospital Dr. Cosme Argerich): “La interrupción de un embarazo en nuestro país debe abordarse como una cuestión de salud de la mujer, de salud pública y también como un derecho. La clandestinidad, la falta de información y la carencia de espacios de acompañamiento y contención se combinan para conformar riesgos que serán diferentes según los recursos cognitivos, sociales y materiales de cada mujer”.

MARTIN BOHMER (Director nacional de Relaciones con la Comunidad Académica y la Sociedad Civil del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación): “No valoramos óvulos y espermas sueltos, en lo que nuestro Código Civil llama capacidad progresiva, valoramos mucho a quienes puedan llevar a cabo un plan de vida, por lo tanto hablar de vida no dice demasiado. Cuando las leyes son malas, deslegitima la autoridad democrática. Ruego que terminemos con eso, devolvamos a las mujeres su libertad”. ANDREA D´ATRI (Especialista en Estudios de la Mujer, docente, e investigadora): “Debatimos si el Congreso va a garantizar que la práctica del aborto sea segura y legal. Queremos que los nombres de las mujeres muertas retumben en el Salón de los Pasos Perdidos”. MARÍA ELENA BARBAGELATA (Abogada y diputada mandato cumplido): “La penalización del aborto vulnera los derechos de las mujeres y constituye una forma de violencia. El legislador no debe considerar a la mujer como un simple elemento reproductor. No podemos mantener una mirada de hace cien años”. ALEJANDRO KATZ (Escritor y editor): “Todas las voces son valiosas, pero no todas se ocupan del problema que nos preocupa. Es el momento de cambiar la ley. Buscamos una respuesta legislativa en busca del bien común y no en contra de alguien. La voluntad de las mujeres no debe ser forzada”. NATALIA GERARDHI (Equipo Latinoamericano de Justicia y Género): “El Congreso debe evaluar si deja un proyecto que contempla causales para pasar a uno que considere plazos; y eliminar la necesidad de tener que revelar las razones del aborto para evitar la sanción penal”. ANDREA BERRA (Psicóloga): “El aborto no es una cuestión que se reduce a lo jurídico o legal sino al sufrimiento de la mujer y de salud pública. No existe política pública que transmita la posibilidad de aborta legalmente. En la Argentina se tortura a las mujeres que abortan”. LAURA GONZÁLEZVELASCO (Referente Mumalá): “Los que hoy se oponen al aborto también lo hicieron a la ley de educación sexual integral. Salga o no la ley, este tema ya es imparable, porque son las jóvenes las que están empoderadas”. ESTELA DÍAZ (Secretaria de Género de CTA nacional): “Venimos construyendo un consenso que esperamos que el Congreso también lo logre. Humanizar la vida del embrión, es desvalorizar la vida de las mujeres, es patriarcado y machismo. Luchamos por la vida con igualdad”. CLAUDIA PIÑEIRO (Escritora): “No puedo permitir que el señor Presidente peque de ingenuo. Cuando dice que está a favor de la vida hace una operación del lenguaje para separar. No permitamos que nos roben la palabra vida. Nosotros también estamos a favor de la vida”. MARIANA CARBAJAL (Periodista): “Sin aborto legal no hay ´Ni una menos´. Lo que está en juego son nuestras vidas, las de las mujeres. Criminalizar no las persuade de no abortar, lo único que logra es poner en riesgo su vida y su salud”. ROBERTO GARGARELLA (Jurista): “Hay una clara mayoría social a favor del aborto. Los derechos no se descubren en el firmamento como las estrellas, son creaciones nuestras, por eso tenemos el deber de debatirlos”. MARÍA RACHID (Dirigente social y del colectivo LGBT): “Les pedimos a los legisladores que no se dejen intimidar, que voten con las evidencias científicas reales y luchen contra la hipocresía. Tienen que decidir de qué lado de la historia van a quedar para el futuro”. MABEL BIANCO, (Militante de la Fundación para el Estudio e Investigación de la Mujer): “Todos coincidimos en que queremos que haya menos abortos y reconocemos que se debe prevenir. Pero la educación sexual no llega a todos, principalmente a los adolescentes. Ocúpense de que se cumplan las leyes. La que elige abortar se ve obligada a poner en riesgo la salud y su vida, revictimizándolas”. SOLEDAD DEZA (Abogada del caso Belén, presa casi tres años por un aborto espontáneo): “Si aprueban el proyecto vamos a ser una sociedad más justa. Sé de la indignidad de mendigar un aborto que hace cien años es legal en los hospitales. Por eso les pido a los diputados: Ni una presa y ni una mujer muerta más por aborto”. CLAUDIO LOZANO (Ex diputado nacional): “Aprobar el proyecto va a terminar con la hipocresía, reducirá la clandestinidad y fortalecerá la democracia. El aborto existe, es una realidad objetiva. Ignorarla es un acto de hipocresía”. MÓNICA MENINI (Abogada, especializada en derecho de familia, infancia y adolescencia y violencia de género): “La legalización significa que el Estado garantice la práctica del aborto, no sólo para las argentinas: las que hablamos castellano, wichi, guaraní, etc. Terminen con el estigma social que sufren las mujeres”. EVA GUTIERREZ (Referente de Argentina Trabaja): “La Asignación Universal no llega a los $1000, eso no alcanza para mantener a ningún niño, somos condenadas a abortar porque no tenemos derecho a la salud, porque se niega la educación a nuestros hijos. (...) Si quieren terminar con la pobreza legalicen el aborto” ORNELLA TINIRELLO (Estudiante): “Nosotras siempre abortamos y siempre lo vamos a seguir haciendo. El aborto es una situación más del ciclo de la menstruación y reproducción, no es una enfermedad ni un padecimiento. La maternidad será deseada o no será.” MARIA CELESTEALARCÓN (Médica generalista): “Hace 7 años que acompaño a mujeres a interrumpir sus embarazos, nunca he registrado complicaciones graves, ni tampoco el síndrome post aborto. Es necesario considerar despenalizar el aborto por causales más allá de las 14 semanas, dado que las mujeres más vulnerables no acceden a tiempo”. FERNANDA GIL LOZANO (Legisladora Mercosur): “ Discutir cuando empieza la vida es metafísica pura, no es política. Las mujeres abortamos desde el origen de los tiempos hasta hace un minuto. Cuando se decide abortar, se hace. Cuando los países permiten el aborto, bajan los números de abortos. Decir lo contrario es mentir” FLORENCIA DE LA V: “Acá no estamos discutiendo desde cuando hay vida, acá estamos hablando de otra cosa. El aborto es una decisión privada de cada ser humano, no es una decisión pública. El femicida de mi madre fue el Estado. Si quieren seguir cargando con la muerte de millones de argentinas que mueren diariamente por aborto clandestino, entonces ¿de qué lado quieren estar?” En contra de la despenalización del aborto ÚRSULA BASSET (Abogada y profesora de las universidades UCA y Austral): “Tengo la sensación de que el legislador que escribió el proyecto no ha estado en contacto con la realidad en los hospitales. Que nuestras leyes no sean cómplices de situaciones de abuso. Da lástima que a las mujeres se las use como bandera pero no se las acompañe”. RODOLFO BARRA (Ex juez de la Corte, ex ministro de Justicia y convencional constituyente): “El Congreso debe establecer un régimen de protección integral al niño. De acuerdo a nuestra Constitución, todo ser humano es persona, y la persona empieza en la concepción. Es la ley que nos rige. La despenalización del aborto es violatoria de la Constitución y de la Convención”.

RAQUEL GRACIELA BOLTON (Presidenta del Consorcio de Médicas Católicas de Buenos Aires): “Estoy a favor de la vida y de la vida de las madres que abortan. Quiero destacar la importancia de lo que, para algunos es un conjunto de células, y para otros es una vida que debe ser respetada. Es el inicio de la vida. Los invito a que, cuando tengan que poner el voto, piensen en las mujeres que deben ser acompañadas, no solamente ellas, sino también sus hijos”. ERNESTO BERUTI(Jefe del servicio de Obstetricia del Hospital Austral):“Hace años que venimos escuchando que mueren miles de mujeres por abortos clandestinos. Esto no es así. No podemos partir de esta discusión teniendo en cuenta cifras erróneas. ¿De qué mueren las mujeres en la Argentina? Fueron 43 mujeres durante 2016, es decir que la tasa de mortalidad materna fue de 34 mujeres cada 100 mil nacidos vivos. La mortalidad materna va disminuyendo”. NICOLÁS LAFFERRIÈRE (Director del Centro de Bioética de la UCA): “Los proyectos no obligan a abortar a las personas discapacitadas, pero la experiencia internacional muestra que los países abortistas se descartan el 90 % de las detecciones a personas con síndrome de down. Los padres están fuertemente condicionados. Estamos ante una discriminación indirecta, influye negativamente en las personas con discapacidad: es un mensaje como decirle tu vida no tiene valor”. . CRISTINA MIGUENS (Directora de la revista Sophia): “El aborto es una lucha de poder, entre el niño que reclama el derecho a la vida y la madre, hay una abrumadora asimetría entre los dos, en un régimen democrático es el Estado que tiene que regular en favor de las minorías. Los niños por nacer no cortan calles, no hacen lobby. Si lo más peligroso es el útero de la madre, significa tocar fondo”. ALEJANDRO RODRÍGUEZ (Pastor): “Debemos separar religión del Estado, pero no podemos sacar a Dios del corazón de nuestra Nación, lo invocamos en los momentos más importantes de nuestra vida. En un tema tan importante, por favor, no saquemos a Dios de nuestro presente y nuestro futuro”. ALBERTO BIANCHI (Constitucionalista): “Todos estos proyectos están decretando una suerte de pena de muerte porque son personas y no tuvieron abogado defensor. Están desconociendo un derecho sustancial de las personas”. ALEJANDRA PLANKER (Profesora de Filosofía y asesora técnica del Instituto para el matrimonio y la familia de la UCA): “El aborto no es gratuito, siempre alguien paga, materialmente y afectivamente. Se estaría atentando contra el más básico sentido común, el termino interrupción es simplemente equivocado, por no decir ridículo. Si legalizan la muerte de un ser humano, el más inocente, ¿Cómo podrán mirar a sus hijos y a sus nietos?” JORGE AQUINO(Biólogo, investigador del Laboratorio de Biología del Desarrollo del Hospital Austral): “La biología demostró que la vida comienza con la fertilización, el embrión humano es una persona. No es una persona en potencia. El dilema al que se nos propone enfrentarnos es si cuidar a la madre o al hijo, cuando debemos proteger a ambos. Tenemos una oportunidad única de promover políticas que defiendan el desarrollo humano”. GUSTAVO CARRARA (Obispo católico): “Cuando se niega el derecho a vivir, todos los derechos humanos quedan colgados de un hilo. La lógica de los poderosos es la lógica dominante al mundo de hoy, esto también se puede trasladar al niño y niña. Para las mujeres pobres los hijos son un tesoro, muchas mujeres pobres se desviven para criar a los hijos. Al atentar contra la vida por nacer no hacemos más que agregar muerte a este panorama sombrío”.

CAROLINA ANAHÍ MANGOLD: “Hace 14 años viví un trauma muy fuerte y experimenté un aborto con pastillas. El aborto no es la solución, cada vez que un niño de 14 años se acerca, no puedo evitar pensar que podría ser su hermano. Si ustedes me dicen que el síndrome post-aborto no existe, es mentira, porque yo lo viví. Hay muchas mujeres que nadie ayuda y que están calladas. Quiero ser la voz de esas mujeres que abortaron y no pueden sanar ese dolor. No es un aborto, es un hijo”. FERNANDO SECIN (Médico Htal. Mater Dei): “Si tomamos 500 mil abortos, el Estado va a tener que desembolsar casi 75 millones de dólares. Para los médicos, el aborto es un fracaso de la medicina argentina”. AURELIO GARCIAELORRIO (Legislador provincial por Córdoba): “El Congreso no tiene facultades para ir en contra de los pactos constitucionales. Si quieren avanzar sobre la creación de un nuevo derecho que va contra el derecho a la vida de un sujeto de derecho al cual hace 200 años le reconocemos personería jurídica, es muy simple: hay que reformar la Constitución. Si les van a cambiar las reglas del juego a las provincias háganlo de cara a la gente”. EDUARDO MORENO VIVOT (Especialista en Síndrome de Down): “En el artículo inciso 3 se está haciendo una selección humana, un control de calidad, una discriminación a discreción de cada individuo. Aquel ser humano es descartable. Islandia ya se jacta de tener 0% de personas con síndrome de Down. Es una condición, no es menos ser humano BARBARA FINN (Médica Clínica Pediatra): “Un ser humano no se define por su capacidad de conectarse con el medio, comunicarse, razonar, sentir o expresar sus sentimientos. (...) El derecho al aborto libre implicaría reconocer desde el Estado que hay algunas vidas que son más valiosas que otras”. CRISTIAN WEBER: “Siempre supe que soy adoptado. Busqué a mi mamá biológica y le dije: ‘te busqué para darte las gracias porque no me abortaste’. Me respondió: ‘todos los días de mi vida yo estuve pensando en vos’” RODOLFO KELLER(Medico pediatra): “Si tomamos como cierto que se realizan 500 mil abortos anuales, sería necesario edificar 45 Hospitales del Garrahan (donde se hacen 11.000 cirugías anuales) para hacer frente a la demanda”. PEDRO MARTÍNEZ (Jefe del servicio de cirugía Bariátrica y Metabólica del Hospital Universitario Austral) “El niño percibe el dolor. La evidencia médica ha demostrado científicamente que el ser humano es desde la concepción y que tienen una carga genética distinta de la madre. La mortalidad materna por aborto clandestino es del 0.086%. Es más seguro el aborto clandestino en Argentina que sacarse la vesícula en Estados Unidos. Legisladores, levanten la voz a favor de ese bebé, que tiene un grito silencioso”. SILVIA BIRNENBAUM (Bioquímica especialista, área inmunohematología y Banco de Sangre): “Me quiero referir al problema de disponibilidad de componente sanguíneos para lograr el descenso de la mortalidad materna por hemorragias asociadas al aborto. Son la segunda causa de muerte materna en nuestra población. Si no se administra el componente sanguíneo, puede complicarse el cuadro. La óptima distribución de recursos sanguíneos es una demanda básica de justicia social”. EDUARDO MENEM (Ex senador nacional y presidente de la Convención Nacional Constituyente que reformó la Constitución Argentina en 1994): “Nuestro sistema jurídico ha aceptado que las personas por nacer tienen comienzo de vida con la concepción. El Código Civil les da derechos. La Convención por los Derechos del niño, a la que nuestro país adhirió, entiende por niño a partir de la concepción, esto es parte del bloque constitucional. Partiendo del dato biológico y las normas del derecho argentino, si se quiere avanzar con la despenalización del aborto tendrían que desmontar todo el sistema jurídico”.

MARÍA MOSCOSO (Miembro del Foro de políticas de género del consejo provincial de las Mujeres de Córdoba): “La única causa que tiene el aborto es la soledad de la mujer. Las mujeres que piensan en abortar piensan que no tienen otra salida, ofrecer el aborto como solución es ningunear los problemas reales de las mujeres. Es necesario un compromiso social, personal y estatal de acompañar a las mujeres”. MARCOS MAURICIO CÓRDOBA (Derecho de Familia, Universidad Buenos Aires): “Los más vulnerables reciben la máxima protección del ordenamiento jurídico. La solidaridad apunta a ellos, hay dos normas supra legales en este sentido: el artículo 4 de la Convención americana de los Derechos Humanos, que indica que es la concepción el instante donde empieza la protección, y la Convención por los Derechos del niño. Si la biología discute cuando se produce la concepción, yo tengo que atender que rige lo precautorio”. JUAN ESTEBANDE ERQUIAGA (Médico especialista en psiquiatría): “Tenemos dos víctimas del aborto: una muere, la otra sufre secuelas psicológicas. El aborto es una práctica nociva para la sociedad. Argentina no debe permitirse legitimar este daño mediante una ley, al contrario, debe legislar sobre cómo proteger a la madre, dando vida intrauterina o poder darlo en adopción”. LORENA FERNÁNDEZ (Referente social Villa 31): “Estoy cansada de que todos se cuelguen de nosotras por ser pobres. Todas pensamos en la villa que abortar es matar. Hay métodos para cuidarse. Hoy en día las chicas de 13 o 14 no piensan con la cabeza, piensan con la bombacha. ¿Por qué no hay educación sexual para los hombres? Los perros cuidan más a sus hijos que los seres humanos. Si se legaliza el aborto, están legalizando más violaciones, va a ser un anticonceptivo más”. FISHEL SZLAJEN(Rabino, doctor en filosofía): “En un solo caso la Biblia permite abortar: en caso de que el embarazo ponga en peligro la vida de la madre. El aborto no es un problema sanitario, sino humano, como síntoma más crudo de la ética de la mismidad, donde el individuo y sus intereses son el bien supremo, falseando hasta la propia realidad descriptiva. La elección es simple: se acepta el postulado civilizatorio “no asesinarás” o se decide antojadizamente y se legaliza su matanza contradiciendo la finalidad del Estado en defensa de la vida”. EDA LÍA ABAD MONETTI (Médica clínica y cardióloga): “No puedo entender que una matrícula médica implique una licencia para matar. La mayoría de mis colegas son objetores de conciencia. La vida merece respeto. Ni la célula huevo ni el embrión son parte del cuerpo de la mujer. Nadie puede disponer de la vida de otro. Nunca tuve que enfrentar la situación de interrumpir un embarazo, lo que motiva la inducción a una mujer a abortar es la falta de una continencia adecuada, lamentablemente nuestra carencia médica también”. GRACIELA MOYA (Médica Doctora en Ciencias Biomédicas): “No respetar la vida humana sólo porque no está completamente desarrollada sienta las bases para una doctrina peligrosa: el anti humanismo, que otorga amplios poderes sobre los más fuertes para que pueden decidir sobre los otros. Hablamos del derecho a elegir la posibilidad de eliminar una vida humana. Sabemos que nuestro orden jurídico defiende la vida humana en todas sus fases, por eso es indispensable instaurar políticas de sexualidad responsable y de protección a las mujeres embarazadas en riesgo”. MARÍA DEL CÁRMEN MARTÍNEZ PEREDA (Observatorio Internacional de Políticas Públicas y Familia): “Las normas apoyan el derecho a la vida, la medicina también, entonces se deduce un accionar para no respetar normas internacionales reconocidas. Es la eliminación de una vida, de una persona, no una interrupción ¿Queremos cambiar las leyes biológicas, en pos de qué? Se propicia eliminar una vida en el momento de su mayor vulnerabilidad, ¿cómo no le ponemos una tutela al ser más indefenso? El embrión es persona humana y tiene derechos humanos”. MIGUEL SCHIAVONE (Decano de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Católica Argentina): “No hay duda de que el huevo o cigoto es un ser viviente, por sus características genéticas y su desarrollo embrionario, es un ser humano con todos los derechos que le corresponden. Es una falacia que la ley de aborto no punible disminuye la tasa de mortalidad materna, las evidencias demuestran que la pobreza es el mayor factor de mortalidad materna. El aborto sólo aporta confusión. El problema es la pobreza en cualquiera de sus expresiones. Este debate eclipsará la discusión de fondo: la pobreza que hoy afecta al 28% de nuestra población”. LENIN DE JANON QUEVEDO (Médico de la Unidad de Terapia Intensiva del Hospital "F. Santojanni"): “Los datos estadísticos parecen no avalar que existen en Argentina 500.000 abortos. Tampoco avalarían que el aborto inducido sea la principal causa de mujeres en edad fértil ni tampoco de mortalidad materna. Esto descarta la hipótesis de que se necesita despenalizarlo. Como médico, mi función es prevenir las muertes evitables“. EN RESPUESTA A LOS ARGUMENTOS A FAVOR DE LA DESPENALIZACIÓN DEL ABORTO 1. El aborto es una cuestión de salud pública La salud pública es un derecho que si no se cumple afecta principalmente a los sectores más vulnerables, pero el aborto no es cuestión de salud pública. En realidad es la pobreza estructural el factor que más incide en la salud pública en Argentina actualmente y es el tema en el que deberían centrarse hoy los esfuerzos: la falta de agua potable y cloacas, el hacinamiento, la mala nutrición o desnutrición, las dificultades para acceder a la atención primaria de las enfermedades y su prevención, el abandono de la escolaridad y la falta absoluta de capacitación para poder trabajar y ganarse el sustento, son sólo algunas de las múltiples carencias que afectan directamente a la salud pública.

2. El aborto es la primera causa de muerte materna y por lo tanto, “es la prioridad más urgente en salud pública referida a los derechos de la mujer” El aborto está lejos de ser una de las primeras causas de muerte materna. Las principales causas de la mortalidad materna son: · Hemorragia 20,8% · Trastornos de hipertensión (ej eclampsia) 25,7% · Sepsis/ infecciones 7,7 % · Parto obstruido 13,4 % · Aborto 12 % · Otras causas relacionadas a cesáreas y anestesias En Argentina específicamente, tomando datos oficiales del Ministerio de Salud de la Nación (2018), de 336.823 defunciones, 162.408 son de mujeres, 257 son muertes maternas y SÓLO SE REGISTRAN 35 MUERTES DE MUJERES POR ABORTO (en 12 provincias del país no se registraron muertes por ningún tipo de aborto –espontáneo ni inducido). De esas 35 muertes: 13 corresponden a embarazos ectópicos, 3 a abortos espontáneos y 19 a abortos médicos no especificado o intento fallido.

3. No está comprobado cuándo comienza la vida · Al momento de la concepción existe una nueva creación que tiene un ADN único y que crece y se divide rápidamente por sí mismo. Él o ella es una persona recién creada que tiene el equivalente a cientos de volúmenes de programación genética distintiva. · La Academia Nacional de Medicina considera que: el niño por nacer, científica y biológicamente es un ser humano cuya existencia comienza al momento de su concepción; que destruir a un embrión humano significa impedir el nacimiento de un ser humano; que el pensamiento médico a partir de la ética hipocrática ha defendido la vida humana como condición inalienable desde la concepción, por lo que la Academia Nacional de Medicina hizo un llamado a todos los médicos del país a mantener la fidelidad a la que un día se comprometieron bajo juramento hipocrático. Cabe destacar que el juramento hipocrático actualizado en la Convención de Ginebra (1948) conserva esta misma visión. · Reduciendo a un mínimo la argumentación sobre la cuestión del inicio de la vida humana, si de hecho existe incertidumbre respecto de cuándo comienza la vida humana, el beneficio de la duda debiera inclinarse hacia la preservación de la vida, ya que la sola sospecha de que un feto sea un ser humano bastaría para que deba ser defendido. 4. “Hasta la semana 14 es simplemente un conjunto de células” Para los que consideran que hasta la semana 14 se trata de un conjunto de células, se debe tener en cuenta que entre la semana 1 y 12 del embarazo: · Se forman los ojos del embrión · El corazón comienza a desarrollarse a los 18 días de la concepción y a los 21 ya bombea sangre a través del cuerpo · Empiezan a crecer los brazos y las piernas · Los órganos internos y el cerebro comienzan a desarrollarse · En el 3º mes ya tiene forma humana. El no respetar la vida del feto por el hecho de que no está plenamente desarrollado, sentaría sutilmente las bases para una doctrina sumamente peligrosa (puede llevar al pensamiento de eliminar a las personas con discapacidad por no estar “plenamente desarrollados” en todas sus facultades y/o sentidos).

5. Eliminar el aborto inseguro y salvaguardar el derecho de todas las personas a acceder al mayor estándar de salud posible está consensuado en los tratados internacionales de derechos humanos. El derecho internacional no incluye el aborto como un componente de la salud reproductiva. Es decir, los Tratados internacionales de derechos humanos no incluyen el aborto como un componente de la salud reproductiva (los tratados son instrumentos vinculantes de derecho internacional para los Estados que los firman y ratifican). Más aún, la declaración universal de los Derechos Humanos adoptada y proclamada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, el 10 diciembre de 1948, afirma en el artículo 3 que: “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad


y a la seguridad de su persona”. El aborto atenta entonces contra la declaración Universal de los Derechos Humanos. 6.“En los países que legalizaron el aborto la mortalidad materna bajó drásticamente” Esta afirmación está basada en los casos de España y Uruguay. · En el caso de Uruguay, la Federación Internacional de Ginecología y Obstetricia indica que no basta con la legalización del aborto por voluntad de la mujer para bajar la mortalidad, sino que “la disminución acelerada de la mortalidad materna que se observa desde el 2005 es coincidente con la implementación de una batería de acciones sociales y sanitarias de protección de la mujer, que aumentó aún más de 2010 con la aplicación de políticas específicas como la creación y ampliación de los servicios de salud sexual y reproductiva universales, con implementación en todo el país”. · En España, los datos brindados por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad reflejan que –si bien la totalidad de los abortos disminuyó en los últimos 10 años (en 2007 11,49 y en 2016 10,36 , en una tasa por 1.000 mujeres)-, aumentó entre las mujeres de 30-34 años (diferencia de 1,46), 35-39 años (1,22) y +40 años (0,55). Es decir, la baja de la tasa de abortos se ve reflejada únicamente entre los grupos de las mujeres menores 29 años (menos de 19, 20-24 años y 25 a 29 años) y también se debe a la conciencia en salud reproductiva. Además, este mismo informe expone que en el período2007-2012 la tasa de abortos se acrecentó y que recién a partir del 2013 comenzó a disminuir (https://www.msssi.gob.es/profesionales/saludPublica/prevPromocion/embarazo/tablas_figuras.htm). Por otro lado: De una investigación de la ONU en 192 países, se concluye que en el contexto de similitudes regionales, sociopolíticas, económicas y culturales, los países que han despenalizado el aborto muestran un aumento en las tasas de mortalidad materna, y esta es más baja en los países donde todavía es ilegal o al menos está más restringido. En la Federación Rusa y en Kazakhistan, donde está permitido, la tasa respectiva de mortalidad materna es de 67 y 210 muertes por 100.000 nacimientos, mientras que en Polonia, que tiene una Ley más restrictiva, la tasa es de 13.

7. “Se producen 500.000 abortos al año” El Ministerio de Salud de la Nación informó que se produjeron en el año 2016 728.035 nacimientos al año, por lo que -si hubieran 500 mil abortos-, por cada 3 nacimientos habría 2 abortos (lo cual supone una cifra alejada de la realidad). Estos números nos convertirían en uno de los países con más abortos en el mundo. El estudio realizado por Amnistía Internacional y publicado por CEPAL y ONU, carece de validez epidemiológica porque su metodología se basa en los egresos hospitalarios con factores subjetivos de expansión; es decir, intenta cuantificar la incidencia del aborto inducido utilizando encuestas de opinión altamente subjetivas (éstas encuestas son aplicadas a un limitado número de personas).

8. “No queremos que mueran más mujeres por abortos clandestinos”

Si el aborto clandestino es un problema sanitario corresponde a las autoridades tomar las mejores medidas preventivas y curativas sin vulnerar el derecho humano fundamental a la vida y al de los profesionales médicos a respetar sus convicciones. Como bien se pronuncia la Academia Nacional de Medicina, “la salud pública argentina necesita de propuestas que cuiden y protejan a la madre y a su hijo, a la vida de la mujer y a la del niño por nacer. La obligación médica es salvar a los dos, nada bueno puede derivarse para la sociedad cuando se elige a la muerte como solución”.

9. “La mujer tiene derecho a decidir sobre su cuerpo” Esta afirmación es válida, siempre y cuando esa decisión no incida ni intervenga la vida de un 3ro, que en el caso del aborto es la vida del niño por nacer. Este principio básico está contemplado en el artículo 32 de la “Convención Interamericana de Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica”, estableciendo que ‘los derechos de cada persona están limitados por los derechos de los demás, por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bien común, en una sociedad democrática’. 10. “Toda mujer tiene derecho a interrumpir su embarazo en los casos de violación, cuando esté en riesgo la vida o salud física, psíquica o social de la mujer, o si existieren malformaciones fetales graves”. · Esto quiere decir que en estos tres casos NO hay plazos mínimos para la realización del aborto (lo que implicaría que se puedan realizar abortos incluso en el 9º mes de embarazo), lo cual presupone que hasta el momento del nacimiento no se puede considerar que sea una vida humana. · El aborto en casos de violación ya se encuentra contemplado en el artículo 86 del Código Penal y establecidos sus alcances mediante un fallo de la CSJN del año 2012. En el año 2012, la CSJN falló sobré la interpretación de este artículo y estableció que el aborto legal debe realizarse sin necesidad de autorización judicial y en casosde violación bastacon la declaración jurada de la mujer.Para ello el Ministerio de Salud de la Nación elaboró un “Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo” que brinda un trato humanitario, garantice la atención clínica adecuada, intercambio información amplia y completa y ofrece consejería y al cual las mayorías de las provincias ya adhirieron. · En caso de que esté en riesgo la vida de la mujer, la Academia Nacional de Medicina establece que la obligación médica está en salvar a los dos, como estipula el juramento hipocrático que realizan todos los médicos. · La salud física, psíquicao social es un conceptomuy amplio que podría englobar a cualquier circunstancia tornándose por ende un factor muy subjetivo y no exigiéndose para ello ningún tipo de prueba profesional. · Con respecto a las malformaciones fetales graves se le estaría prohibiendo la vida a personas que carezcan del pleno desarrollo de sus facultades físicas y/o mentales por el simple hecho de que ostenten un condición distinta, sin siquiera enumerar que supuestos entrarían dentro de esta categoría dejando al libre arbitrio esta determinación. Por su parte, en España un estudio realizado por la “Federación Down España” indicó que el número de nacidos con la anomalía del síndrome de Down se redujo en un 30% desde la legalización del aborto. 11. “Una adolescente entre 13 y 16 años cuenta con aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica y prestar el debido consentimiento”

Este criterio está contemplado en el artículo 8 del proyecto. El artículo 26 del Código Civil y Comercial de la Nación contempla que “se presume que el adolescente entre trece y dieciséis años tiene aptitud para decidir por sí respecto de aquellos tratamientos que no resultan invasivos, ni comprometen su estado de salud o provocan un riesgo grave en su vida o integridad física”. En el caso que se trate de tratamientos invasivos que comprometen su estado de salud o está en riesgo la integridad o la vida, el adolescente debe prestar su consentimiento con la asistencia de sus progenitores (el conflicto entre ambos se resuelve teniendo en cuenta su interés superior, sobre la base de la opinión médica respecto a las consecuencias de la realización o no del acto médico). De esta manera, es justo considerar la práctica del aborto como un tratamiento invasivo, ya que éste se le dice al procedimiento en el que el cuerpo es invadido con la introducción de aparatos por accesos no naturales, por medio de una aguja, una sonda, un dispositivo o un endoscopio. Además, al escapar de la autorización de uno o sus dos progenitores, se está omitiendo la importancia del apoyo familiar para la adolescente en términos de sostén y acompañamiento.


12. “Anticonceptivos para no abortar”


Desde el 2003, se encuentra vigente el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable –Ley 25.674- , el cual establece que el Ministerio de Salud de la Nación debe capacitar a educadores, trabajadores sociales y operadores comunitarios para asistir a las mujeres en la elección de los mejores métodos anticonceptivos. ( http://www.msal.gob.ar/saludsexual/ley.php).

Además se encuentra en implementación el Plan Nacional de Salud Sexual y Reproductiva en el que se encuentran trabajando distintos ministerios.

13. Los abortos clandestinos se van a seguir realizando de todas maneras. Quien está en contra del aborto está a favor del aborto clandestino.


Eso es una falacia de falso dilema. La problemática es muy profunda, es necesario pensar a largo plazo y atacar el conflicto de raíz con educación.

14. “Las autoridades de cada Establecimiento Asistencial deberán garantizar la realización del aborto”

· Este fragmento corresponde al artículo 6 del proyecto presentado en 2018, que no incorporaba –deliberadamente- la objeción de conciencia para los profesionales de la salud y otras personas implicadas en la práctica del aborto.

· Esta declaración vulnera derechos humanos fundamentales a la libertad de conciencia, pensamiento y religión, atenta contra la pluralidad de pensamiento y tornaría al Estado autoritario.

· Asimismo, el juramento hipocrático actualizado en la Convención de Ginebra (1948) afirma: “Mantendré el máximo respeto por la vida desde el momento de la concepción; no usaré mis conocimientos médicos en contra de las leyes de humanidad, incluso bajo amenaza”.

· Al obligar a todos los establecimientos asistenciales a brindar el aborto, contradice lo que sostiene la ley 25.673 de Salud Sexual y Procreación Responsable respecto a las instituciones confesionales (artículo 10 del Decreto Nacional 1282/2003).

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