
“La justicia se estaba en sus propios términos, sin que la osasen turbar, ni ofender; los de favor y los del interés; que tanto ahora la menoscaban, turban y persiguen.”

Si no fuera que el anterior párrafo pertenece a una definición que el genial Cervantes Saavedra pone en la boca de Don Quijote en una reflexión a Sancho atravesando la estepa castellana sobre la justicia española del Siglo XVI, se pensaría que el ingenioso hidalgo es un veterano abogado que ha gastado las suelas de sus zapatos por los intrincados pasillos de los tribunales de nuestra vasta geografía. Pero lo ficcional de hace cinco siglos en España sirve para describir el día a día de la justicia argentina.
Tenemos a las dos especies: a “los del favor” y a “los del interés”; en este caso la Fauna se amplía hasta límites insospechados y lejos de de recurrir a “Fundación Vida Silvestre” por la desaparición de alguna especie, nos encontramos siempre ante nuevas y de las más variadas. Empresarios, políticos, influyentes, operadores judiciales, operadores extrajudiciales, periodistas especializados, sindicalistas, lobistas, etc., etc. participan en la turbación y la ofensa permanente de las que nos habla Cervantes.
En un análisis del funcionamiento judicial se detecta una segunda condición, a la que le cabe otra figura literaria. Esta vez, bíblica. “El ángel exterminador” del Apocalipsis que transforma todo lo más sublime y bello en lo más corrupto y pérfido. Un muy buen proyecto o sistema planificado con las mejores intenciones y por los más probos, a la hora de la ejecución, es algo que beneficia a muy pocos con fines que nunca fueron pensados en su diseño. Una norma general rápidamente beneficia a un particular específico.
A esta altura el lector no necesita ser muy sagaz para saber que estoy hablando específicamente de la resolución de la bicameral que implementa los artículos 366,367,368,369,370 y 375 del Código Procesal Penal Federal que permite que se revisen las condenas una vez agotadas todas las instancias judiciales, según la bicameral pretende “evitar que se generen situaciones de desigualdad ante la ley”. En buen criollo permite cambiar un criterio lógico que es cortar en algún momento, como lo era ahora, hasta cuándo se puede seguir apelando una sentencia condenatoria para que justamente no se transforme en algo incumplible. El criterio establecido hasta ahora era que con el rechazo de casación federal de todo tipo de recursos estábamos en un escenario de “sentencia firme”. Ya no.
Con una simple resolución de la Bicameral corremos los arcos hasta una distancia que en muchos casos convertiría en inviable que alguna condena pase a ser firme. Empieza a jugar con otro principio del derecho penal, que es que los procesos no pueden ser condenatorios mas allá del máximo de su condena.
Lo cierto es que a esa máxima que parece bastante tonta que nos enseñan en las primeras clases de derecho —“El día que la política entra por la puerta, la justicia se va por la ventana”—, habrá que agregar que la arquitectura jurídico-política argentina ha construido esas casas de verano a la ribera de la playa, donde hay grandes ventanales que son puertas a la vez sin saber muy bien por donde se entra o por donde se sale.
BREVÍSIMA HISTORIA DE ESTE EMBROLLO
2014) Se sanciona el CPP federal. Donde la novedad es un nuevo sistema de enjuiciamiento, más parecido a la mayoría de los procesos penales ordinarios provinciales, donde se deja el viejo sistema inquisitivo a un sistema acusatorio que les asigna más poder a los fiscales, convirtiendo a los jueces en garantes constitucionales.
2015) Cuando asume Macri, congela la aplicación para producir una revisión integral.
2018) Con modificaciones del Congreso se empieza a aplicar parcial y paulatinamente. Rige en Salta y Jujuy y está prevista su aplicación (en Mendoza y en Rosario) para llegar al fin a todos los tribunales federales.
2021) La novedad es que se aplican para toda la geografía del país algunos artículos, que son los de tratamiento en cuestión, mas no todo el código, que hubiera sido más coherente. Se produce una “melange “selectiva, donde los artículos en cuestión se aplican en todos los lugares pero no todo el proceso, que sigue solo para las provincias piloto.
DE COMO UNA EXCELENTE IDEA SE TRANSFORMÓ EN UN PASAPORTE A LA IMPUNIDAD
Una de las definiciones del Derecho político clásico es que para que exista un estado nacional es imprescindible un plexo de normas jurídicas aceptadas por todos y un poder organizado que las aplique. Desde la Constitución Nacional a un simple código de faltas municipales, el precepto es igual. Por eso nuestra cruenta historia nos enseña por qué clamaba Facundo Quiroga para que tuviéramos una Constitución y por qué fue sumamente importante, cuando todavía nos preguntábamos qué éramos, si teníamos capacidad de construir un Estado Nacional; que Dalmacio Velez Sarsfield sancionara un Código Civil de avanzada y posteriormente un Código de Comercio que en principio solo regía para el estado de Buenos Aires y que confeccionó conjuntamente con Acevedo, que sirvieron de modelo a varias naciones americanas, que no solo fue fuente de inspiración de su legislación sino que en algunos casos se tomó la totalidad como lo hizo Paraguay. También fue importante que Bartolomé Mitre le diera presupuesto y creara todo el sistema federal de justicia con una Corte Suprema.
La modernización del sistema procesal penal federal era un grito a voces, cualquiera fuera la postura doctrinaria. EL CPCC es arcaico y le da un poder omnímodo al Juez en la investigación manejando la pesquisa, convirtiéndose en Juez de instrucción y casi de sentencia a la vez. Los sistemas provinciales ya han avanzado hace décadas (la provincia de Buenos Aires, a mediados de los 90). El que maneja la pesquisa, jamás tiene por asomo la definición de la causa. Intervendrá un juez que garantiza el cumplimiento del proceso y un juez o tribunal oral que dará la sentencia. La revisión estará en manos de la Cámara. Este sistema además de garantizar los derechos y garantías de los acusados, que es imprescindible, hace muy difícil el armado o arreglo de una causa por la multiplicidad de actores e instituciones que intervienen.
El juez federal omnímodo, a la usanza de los de Comodoro Py, va construyendo un poder dentro del poder, que establece reglas propias y condiciona permanentemente al poder político de turno. Jueces que se eternizan en la poltrona del despacho y tampoco pagan ganancias, son desde hace años verdaderos actores políticos elegidos por nadie y tienen códigos y operadores propios. Nadie elige al Ministro de Justicia por lo que sabe, sino por sus contactos judiciales. Con la sola aplicación del nuevo Código y la ampliación de Juzgados, desaparecería esa rémora que se transformó en una de las caras más grotesca de lo que es la justicia, poniendo en una misma bolsa a los jueces probos con los que no son.
En el interior se da otro problema. La Justicia Federal es una excelente creación para determinados delitos, que aparta a la justicia ordinaria que siempre es más influenciable por los gobernadores provinciales. El Estado federal enviaba un juez de afuera que no tenía relación y que muchas veces chocaba con el establishment local. En los últimos años es una moneda de cambio más con los poderes locales, con lo cual se desnaturaliza el pensamiento de los padres de la Patria de la existencia de un sistema paralelo federal que aparte las pasiones locales del juzgamiento de causas esenciales.
NOTICIAS DEL MUNDO REAL
A todo esto, millones de argentinos nacen, viven y mueren con la necesidad de que el Estado les garantice la existencia de un servicio de justicia, que sanamente pueda dirimir los conflictos y las cuestiones que les van ocurriendo en el devenir de su existencia. Cambio de jueces, vacantes que tardan años en llenarse años adrede, verbigracia el juez electoral de la provincia de Buenos Aires que estuvo siete años vacante, jueces subrogantes según el color de la camiseta, juzgados que se amplían o se achican... La pregunta es: ¿Qué tiene que ver con las necesidades de la gente de a pie?
Nada. Nada beneficia a las personas que habitan el bendito suelo argentino. Las noticias que pasan por la televisión que tengo muda, mientras escribo esta colaboración, me ahorran el trabajo de buscar antecedentes. Están ahí, todos los días.
El caso Úrsula con sus 17 denuncias, sin que nadie preste atención en una comunidad controlable como Rojas terminando con el peor final. Otra noticia que viene de Mendoza habla de que después de ¡¡¡17 años!!! condenaron a un solo acusado de una violación en manada y el asesinato de Paula Toledo. Dije en manada, un condenado.
Algo falla. No dan los números. Por si les interesa, le dieron solo once años de cárcel. A esto le sumamos que las estadísticas del sistema carcelario bonaerense nos dicen que los penados tienen en un 80% de la población carcelaria menos de 40 años, que la edad promedio varía entre los 22 y 25 años y que el delito recurrente (arriba del 80%) es contra la propiedad. Llegamos a la conclusión de que el castigo es para jóvenes pobres sin dinero ni capital social y de que es muy difícil que alguien que tiene contactos o dinero termine en un penal en forma permanente (los del favor o del interés del Quijote). En pocas palabras, es un sistema para pobres manejado por abogados de clase media, donde la Justicia se convierte en una excelente fuente laboral ante el achicamiento de la actividad privada, que beneficia siempre a ricos.
A esto le sumamos desalojos que no llegan, concursos que nunca terminan, documentos y cheques que nunca se cobran, sucesiones que no concluyen, restricciones perimetrales que nunca se aplican, trabajos comunitarios que no se realizan. Todo ello hace que la gente se aleje del contrato social y retome el poder de coerción que había cedido en el contrato imaginario para que existiera un poder de policía controlado por el estado.
En pocas palabras, que me devuelvan mi uso de la fuerza, que me defiendo solo. ¿Qué es la mediatización de acusaciones por los medios, sin intervención judicial, donde una persona ve expuesta su honra y quizás la pierda para toda la vida, en cinco minutos de pantalla, sin que pueda remontarlo? ¿O filtraciones como wikileaks o la novísima del Ducado de Luxemburgo, donde alguien decide quién va a la hoguera y quien no de acuerdo a qué y cómo se publique? Empecé con una cita de CERVANTES y termino con SHAKESPEARE. Su principal obra “Hamlet” no es otra cosa que la historia de la venganza por mano propia ante el crimen del padre irresuelto y el asesino poderoso beneficiado por ese crimen. Nada nuevo, me dirán. El dato es que la humanidad hace siglos que intenta salir de ese esquema mientras nosotros nos acercamos. Sin que funcione el sistema de PREMIOS y CASTIGOS correctamente, no hay democracia. NO lo digo yo. Lo decía Alberdi hace casi dos siglos.